Establecer programas apropiados de mantenimiento de los equipos de trabajo, del emplazamiento de trabajo y de los puestos de trabajo.El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de acuerdo con lo dispuestos en el apartado 3 del artículo 5 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios